1. INFORMES DE AUDITORIAS
2. SUJETOS DE CONTROL
3. DEFINICIONES
GAT: Herramienta metodológica que permite llevar a cabo el ejercicio auditor de una manera uniforme y organizada que sirve de apoyo a los auditores para llevar a cabo el proceso y procedimiento del control fiscal.
PGA: Es la programación anual que se hace de consuno con planeación, con el fin de articular el ejercicio de control fiscal a cada una de las entidades sujetas a control teniendo en cuenta algunos factores que determinan dicha programación , el cual va acompañado de su propio cronogramas para su realización en el tiempo.
CRONOGRAMA PGA: Es la matriz donde se establecen las fechas y tiempos para el desarrollo de las distintas auditorias programadas en el PGA.
MEMORANDO DE ASIGNACION: Formato o documento preestablecido en el GAT, mediante el cual se le asigna a un grupo auditor de acuerdo a sus perfiles, el control fiscal mediante una auditoria en una entidad determinada de conformidad con el PGA y su cronograma
OBSERVACIONES. Son aquellos puntos o aspectos presuntamente irregulares, obtenidos como resultado de una determinada auditoria, de los cuales se da traslado a la entidad dentro del informe preliminar, con el fin de que esta ejercite el derecho a la defensa o derecho de contradicción, aportando pruebas y demás que necesite para este efecto.
DERECHO DE CONTRADICCION: El derecho a la Defensa que tienen las entidades con el fin de controvertir las observaciones hechas por los auditores dentro del informe preliminar a través del derecho de contradicción.
HALLAZGO: Hecho presuntamente irregular, relevante que resulta de la realización de una auditoria y que no pudo ser desvirtuado en el Derecho de Contradicción, por tanto queda en firme dentro del informe final con el fin de darle traslado a la entidad competente para la respectiva investigación, este puede ser de connotación administrativa, fiscal, disciplinaria o penal, según infrinja algún tipo de norma de cualquiera de estas especialidades.
PLAN DE MEJORAMIENTO: Se refiere a las acciones que debe adelantar la entidad como consecuencia de un hallazgo administrativo, que consiste en las acciones tendientes a subsanar alguna deficiencia administrativa susceptible de mejorar (Acciones Correctivas y Preventivas)
MESA DE TRABAJO: Es un espacio o reunión con los sujetos objeto del ejercicio de control fiscal, no solo con el fin de unificar criterios respecto de las observaciones hechas dentro del informe preliminar, sino de debatir dichos puntos. Es una herramienta de la cual se benefician las entidades y se consolidan criterios para emitir el informe definitivo o informe final.
RENDICION DE CUENTA: Es el cumplimiento de una obligación legal, y el deber que tiene todo servidor público, de responder e informar sobre la administración del manejo, rendimientos, Deuda, de los bienes o fondos públicos que administren en ejercicio de sus funciones.
AUDITORIA REGULAR: Ejercicio auditor que permite proferir un dictamen integral, conformado por la opinión de los estados contables y el concepto sobre la gestión y los resultados, para emitir el pronunciamiento sobre el fenecimiento o no de la cuenta. Implica la ejecución de un trabajo integral, aplicando de manera simultánea y articulada los sistemas de control fiscal.
AUDITORIA ESPECIAL: Ejercicio auditor en el cual se evalúan políticas, asuntos, programas, proyectos, procesos, áreas o actividades de carácter específico o transversal, de interés o relevancia, con el propósito de emitir un concepto u opinión sobre lo evaluado. A través de esta modalidad, se puede hacer seguimiento a los planes de mejoramiento.
DICTAMENES CONTABLES: Ejercicio de control fiscal, realizado para determinar la razonabilidad de las cifras expresadas en los estados contables, para una vigencia determinada, en el cual se emite una opinión sobre los mismos ,las cuales pueden ser:
Sin salvedades o limpia, Con salvedades, Adversa o negativa o Abstención de opinión, según se encuentren ajustados o no, a las normas contables.
INFORME FISCAL Y FINANCIERO: Consiste en la evaluación y determinación, por la cual los administradores de las entidades sujetas a control han registrado, presentado y manejado los recursos financieros puestos a su disposición durante una vigencia determinada; asimismo, busca establecer el impacto que este manejo tiene sobre la gestión de la organización.
FENECIMIENTO DE CUENTA: Ejercicio auditor o trabajo integral, aplicando de manera simultánea y articulada los sistemas de control fiscal,
INFORME AMBIENTAL: Ejercicio auditor en cumplimiento de la obligación legal Ley 99 de 1993 y sus reglamentarios) que permite evaluar la gestión que adelantan las entidades del Estado, en el uso, explotación, protección y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, para contribuir al desarrollo sostenible del planeta.
FUNCION DE ADVERTENCIA: Se presenta, cuando del ejercicio auditor, se encuentran evidencias de graves riesgos, que puedan comprometer el patrimonio público, en procesos u operaciones en ejecución, los cuales dan lugar a que la Contraloría, sustente y emita funciones de advertencia a la administración del ente o asunto que se audita, con el fin de que este tome medidas para evitar el menoscabo del erario público.
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